Introducción
A lo largo de los capítulos anteriores hemos conocido qué es un gato comunitario, cuál es su origen, qué es una colonia felina, cómo se gestiona y en qué consiste el método CER.
Como ya adelantábamos en el capítulo IV, la Ley 7/2023 atribuye la gestión de los gatos comunitarios a las entidades locales.
Pero ¿qué significa realmente esa responsabilidad?
¿Implica únicamente intervenir cuando aparece un problema o supone asumir una competencia permanente atribuida por la Ley?
En este último capítulo de la serie responderemos a estas cuestiones para comprender cuál es el papel que la normativa vigente atribuye a los
ayuntamientos en la protección y gestión de los gatos comunitarios.
¿Qué dice la Ley?
El artículo 39 de la Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, establece que:
«En ausencia de otra previsión en la legislación autonómica, y respetando el ámbito competencial establecido por la legislación vigente, corresponde a las entidades locales la gestión de los gatos comunitarios, a cuyos efectos deberán desarrollar Programas de Gestión de Colonias Felinas.»
La propia Ley atribuye, por tanto, la gestión de los gatos comunitarios a las entidades locales.
¿Qué significa esta competencia?
Cuando una ley atribuye una competencia a una administración pública, esa administración asume la responsabilidad de ejercerla conforme a lo previsto en el ordenamiento jurídico.
En el caso de los gatos comunitarios, la Ley 7/2023 atribuye esa competencia a las entidades locales.
Esto significa que corresponde a los ayuntamientos organizar, desarrollar y mantener las actuaciones necesarias para garantizar la gestión de los gatos comunitarios conforme a lo establecido en la normativa vigente.
No se trata de una actuación puntual ni de una intervención que dependa de circunstancias concretas, sino del ejercicio de una competencia pública atribuida por la propia Ley.
¿Qué actuaciones deben garantizar los ayuntamientos?
El artículo 39.1 de la Ley 7/2023, además de atribuir a las entidades locales la gestión de los gatos comunitarios, establece el contenido mínimo que deben contemplar los Programas de Gestión de Colonias Felinas.
Entre otras actuaciones, la Ley dispone que deberán:
- desarrollar Programas de Gestión de Colonias Felinas;
- aplicar el método CER (Captura, Esterilización y Retorno);
- identificar a los gatos comunitarios mediante microchip, bajo responsabilidad municipal;
- realizar el mapeo y censo de los gatos comunitarios;
- implantar un programa sanitario supervisado por un veterinario colegiado, que incluya, entre otras actuaciones, la desparasitación, la vacunación cuando proceda y la atención veterinaria de los animales;
- establecer protocolos para la gestión de las colonias felinas;
- promover la formación del personal municipal y de las personas autorizadas que participen en la gestión de las colonias;
- realizar el seguimiento y la evaluación del programa.
Estas actuaciones forman parte del contenido mínimo que la propia Ley exige para la gestión de los gatos comunitarios y constituyen el desarrollo práctico de la competencia que atribuye a las entidades locales.
¿Qué papel desempeñan las personas voluntarias y las asociaciones?
Con frecuencia se piensa que la protección de los gatos comunitarios depende exclusivamente de las personas voluntarias o de las asociaciones de protección animal.
Sin embargo, la Ley establece un modelo diferente.
Las personas voluntarias y las entidades colaboradoras desempeñan una labor muy importante y contribuyen de forma decisiva al buen funcionamiento de los Programas de Gestión de Colonias Felinas.
Pero esa colaboración no sustituye la competencia que la Ley atribuye a las entidades locales.
Corresponde a los ayuntamientos organizar y garantizar la gestión de los gatos comunitarios dentro del marco legal vigente, pudiendo contar para ello con la colaboración de personas voluntarias, asociaciones y otros profesionales.
¿Por qué es importante conocerlo?
Porque permite distinguir entre la responsabilidad que corresponde a las administraciones públicas y la valiosa labor de apoyo que realizan las personas voluntarias y las asociaciones de protección animal.
Lo esencial que debemos recordar
Después de estos seis capítulos ya conocemos los conceptos fundamentales para comprender cómo regula la Ley 7/2023 la protección y gestión de los gatos comunitarios.
En resumen:
- Los gatos comunitarios son gatos domésticos que viven en libertad.
- Su origen está relacionado principalmente con el abandono, el extravío y la reproducción no controlada.
- Las colonias felinas son grupos de gatos comunitarios vinculados a un territorio determinado.
- La gestión de las colonias felinas debe realizarse mediante el método CER (Captura, Esterilización y Retorno), el sistema establecido por la Ley 7/2023.
- La gestión de los gatos comunitarios es una competencia de las entidades locales, que deben desarrollar Programas de Gestión de Colonias Felinas conforme a lo previsto en el artículo 39 de la Ley 7/2023, incluyendo actuaciones como el censo y mapeo de los gatos comunitarios, su identificación mediante microchip bajo responsabilidad municipal, la implantación de un programa sanitario, el establecimiento de protocolos, la formación y el seguimiento del programa.
- Las personas voluntarias y las asociaciones desempeñan una labor esencial de colaboración, pero esa colaboración no sustituye la responsabilidad que la Ley atribuye a las administraciones públicas.
Estos seis conceptos constituyen la base para comprender el modelo de protección establecido por la Ley 7/2023 y servirán como punto de partida para las siguientes colecciones de esta Biblioteca.
Fuentes
Normativa
- Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales. Artículo 39.




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